ACUERDOS EN PACTO DE RELACIONES FAMILIARES
El Mediador orienta, acompaña y guía a las partes en los pactos fundamentales de relaciones familiares:
1. ¿Cómo se van a relacionar con sus hijos?
2. ¿Con qué cantidad económica se van a sufragar los gastos de los hijos? ¿Quién y durante cuánto tiempo?
3. ¿Se tiene que compensar al otro cónyuge o pareja de hecho, económicamente? ¿Hasta cuándo?
4. ¿Cómo se reparten los bienes privativos y comunes?
5. ¿A quién se le atribuye la vivienda familiar y su ajuar? ¿Durante cuánto tiempo?
Dichos acuerdos se recogen en el art. 77 del Código de Derecho Foral Aragonés, pero firmar los acuerdos, no lo es todo, también es necesario entender la nueva realidad, la nueva forma de relacionarse.
Estos pactos pueden ser revisables en el tiempo, si cambian las condiciones que los originaron.